31/05/2023

Programa Incremento Exportador: Vencimiento

Programa Incremento Exportador

 
 
 
Señor Acopiador: luego de un análisis de las distintas resoluciones del Programa Incremento Exportador para Soja y Economías Regionales  concluimos que:
Como la fecha de vencimiento del Programa Incremento Exportador es el 31/5, entendemos que la presentación de las declaraciones juradas de dichas mercaderías  (Anexo 1 Res. 155/2023) deberán realizarse hasta el 30/6 siguiendo el mismo procedimiento que para la soja.
Reiteramos que estas declaraciones juradas que vencen el 30/6 deberán realizarse en los mismos términos que lo hicieran para el programa Soja 2.
Es decir toneladas de liquidaciones primarias de granos iguales o mayores a las liquidaciones secundarias previas al 31/5/2023.
Al igual que el programa soja 2 se deberán informar los montos respectivos de las LPG Y LSG reales.
En síntesis todo igual que las declaraciones juradas realizadas para el programa soja 2
Seguiremos informando