07/12/2022

Programa de Incremento Exportador | Resolución N° 174/2022. Comentario de la Federación de Centros de Acopiadores

Síntesis:
Se establece que los exportadores que hayan adherido al Programa de Incremento Exportador, creado mediante Decreto N°  576/2022 y restablecido mediante el Decreto N° 787/2022, y que cuenten con Declaraciones Juradas de Venta al Exterior de los productos alcanzados por el citado Decreto, vigentes dentro del régimen creado por la Ley N° 21.453 y su similar aclaratoria N° 26.351, y con vencimiento del periodo de embarque declarado, más la prórroga automática, durante los meses de Diciembre de 2022 y Enero de 2023, podrán solicitar una prórroga extraordinaria del periodo de embarque de noventa días corridos. 
Adjuntamos comentario de la Federación de Centros de Acopiadores
 
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
 
Normas Relacionadas:
Leyes N° 21.453, N° 26.351. Decretos N° 576/2022, N° 787/2022.
 

Descargar documentos

  • Programa de Incremento Exportador | Resolución N° 174/2022 Descargar
  • Programa de Incremento Exportador | Resolución N° 174/2022 - Anexo Descargar
  • Comentario de la Federación de Centros de Acopiadores Descargar