Programa de Incremento Exportador | Resolución N° 174/2022. Comentario de la Federación de Centros de Acopiadores
Síntesis:
Se establece que los exportadores que hayan adherido al Programa de Incremento Exportador, creado mediante Decreto N° 576/2022 y restablecido mediante el Decreto N° 787/2022, y que cuenten con Declaraciones Juradas de Venta al Exterior de los productos alcanzados por el citado Decreto, vigentes dentro del régimen creado por la Ley N° 21.453 y su similar aclaratoria N° 26.351, y con vencimiento del periodo de embarque declarado, más la prórroga automática, durante los meses de Diciembre de 2022 y Enero de 2023, podrán solicitar una prórroga extraordinaria del periodo de embarque de noventa días corridos.
Adjuntamos comentario de la Federación de Centros de Acopiadores