Programa de Incremento Exportador | Resolución General N° 5.442/2023
Síntesis:
Se establece un plazo especial de validez de noventa días para las solicitudes de exportación de los productos incluidos en el Programa de Incremento Exportador, reestablecido por el Decreto N° 443/2023, que no se encuentren alcanzados por la Ley Nº 21.453 y sus modificaciones, oficializadas en el marco del mencionado Programa.