24/07/2023

Programa de Incremento Exportador | Decreto N° 378/2023

Síntesis:
Se dispone que el Banco Central de la República Argentina establecerá los mecanismos para que los sujetos que, en el marco de la adhesión a las disposiciones del Capítulo II del Decreto Nº 194/23, por las mercaderías allí comprendidas, liquiden las divisas hasta el 31 de Agosto de 2023, inclusive, incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación, perfeccionen dicha operatoria a $340.- por cada dólar estadounidense.
 
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
 
Normas Relacionadas:
Decreto N° 576/2022.

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