28/05/2020

Productores: se debe tramitar el Certificado Nacional para circular

Síntesis: A través de la Decisión Administrativa 897/2020 publicada en el Boletín Oficial de la Nación, el Gobierno Central determinó que a partir del día sábado 30 del corriente inclusive, será obligatoria la gestión y tenencia del Certificado Único de Circulación para los sectores que en su momento habían sido exceptuados de tramitarlo.

Entre estas actividades, se incluyen aquellas “vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria”. Esto se da en el marco de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuestas ante la pandemia de Covid-19 que afecta a nuestro país y al mundo.

Para la gestión y descarga de dicho documento, el productor agropecuario debe ingresar al sitio https://www.argentina.gob.ar/circular, y allí completar el procedimiento descripto en la circular. 

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