23/01/2008

PARA TENER EN CUENTA COMPRADOR DE GRANOS PARA CONSUMO PROPIO CIRCULAR ONCCA

La Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario mediante la presente Circular interpretativa de la normativa para compradores de granos para consumo propio, expresó que los operadores denominados "Comprador de Grano para Consumo Propio", que son aquellos que compran granos y lo utilizan en forma natural o transformándolo en alimento, tienen obligación de inscribirse en esta Oficina, sólo cuando adquieran el mismo de un productor agropecuario.

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  • 567-Am-ONCCA-ComunicadoConsumoPropio-23-01-08.pdf Descargar