OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
SUBSIDIOS AL MERCADO INTERNO: OPERADORES DEBERÁN
INFORMAR TRIGO PROCESADO DESTINADO A LA EXPORTACION
Resolución Nº 627/2007
- ONCCA -
Mediante esta resolución la ONCCA establece el deber de los operadores incluidos en la Resolución Nº 378/07 de informar las toneladas de trigo procesadas destinadas a la exportación. Dicha información habrá de suministrarse desagregada en forma mensual por el período comprendido entre el 1º de diciembre de 2005 y el 30 de noviembre de 2006, mediante nota suscripta por el titular de la explotación en carácter de declaración jurada, hasta el día 26 de enero de 2007 inclusive.
Recordemos que la resolución 378/07 crea el registro de industriales que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, como así también los requisitos y procedimientos para acceder al mismo, pudiéndose inscribir aquellos interesados en incorporarse al mecanismo de subsidios para la industrialización de trigo destinado exclusivamente al consumo interno (Res. 9/07 MEyP). El incumplimiento de lo normado precedentemente impedirá el acceso al subsidio correspondiente.