MUY IMPORTANTE
EXPORTADORES
Resolución Nº 97/2007
DDJJ DE MAIZ Y TRIGO - CAMPAÑA 2006/07
Vto. 16/01/2007 - 12 hs
-Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario-
Se dispone que los exportadores deberán informar con carácter de Declaración Jurada todas las operaciones de compra de trigo y maíz con pago contra entrega, a fijar precio, pago anticipado con entrega futura y compra futura con precio fijado, efectuadas al mercado interno correspondientes a la campaña 2006/2007 hasta el día 11 de Enero de 2007 inclusive, detallando nombre y número de Clave Única de Identificación Tributaria de los vendedores, número de contrato correspondiente y kilaje contratado.
Para el caso de compra a productores además, de corresponder, deberán detallar los formularios C-1.116-B, como así también los formularios C-1.116-A abiertos, es decir aquellos en los que aún no se haya verificado el cierre del mismo. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Resolución, dará lugar a la aplicación de sanciones.