21/07/2006

MICROCREDITOS PROMOCIÓN Y REGULACIÓN DE MICROCRÉDITOS LEY Nº 26.117

La presente ley tiene como objeto la promoción y regulación del Microcrédito, entendiéndose por Microcrédito aquellos préstamos destinados a financiar la actividad de emprendimientos individuales o asociativos de la Economía Social, cuyo monto no exceda una suma equivalente a los doce salarios mínimo, vital y móvil. Los destinatarios son las personas físicas o grupos asociativos de bajos recursos, que se organicen en torno a la gestión del autoempleo, en un marco de Economía Social, que realicen actividades de producción de manufacturas, reinserción laboral de discapacitados, o comercialización de bienes o servicios, urbanos o rurales y en unidades productivas cuyos activos totales no superen las cincuenta canastas básicas totales para el adulto equivalente hogar ejemplo.

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  • 488-Am-BO-Ley26117-PromoMicrocredit-21-07-06.pdf Descargar