25/06/2024

Instituto Nacional de Semillas | Resolución 245/2024

Síntesis:
Se extiende el actual sistema de obligaciones e informaciones que los operadores y agricultores deben cumplir en el marco del control de comercio y uso de semilla a todas las especies comprendidas en el SISA. 
Los agricultores que siembren cultivos de esas especies deberán comunicar, ante el requerimiento de INASE, los volúmenes por variedad de la semilla utilizada o por utilizar en la siembra de la respectiva campaña y acreditar la adquisición u origen legal de la semilla declarada, independientemente de si la variedad cuenta o no con propiedad vigente.
La remisión de documentación podrá realizarse mediante las plataformas electrónicas disponibles al efecto, por lo que no será necesaria la presentación física en formato papel.

Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.

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