05/05/2022

Fondo Estabilizador del Trigo | Resolución N° 439/2022

Síntesis:
La Secretaría de Comercio Interior por medio de la presente Resolución establece los requisitos que deben cumplimentar los postulantes a destinatarios del fondo de estabilización del trigo, como así también el circuito que debe completarse en forma previa al requerimiento de desembolso que la Unidad Ejecutiva debe formular al Fiduciario. Asimismo, procede a la unificación del precio de referencia.
 
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
 
Normas Relacionadas:
Ley N° 27.519, Decretos N° 131/2022, N° 132/2022, Resoluciones N° 215/2022, N° 355/2022, N° 426/2022.
 

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