DEUDA PUBLICA
CONVERSIÓN DE DEUDA PROVINCIAL
INFORMACIÓN A CARGO DE ENTIDADES FINANCIERAS
RESOLUCIÓN N° 37/ 2.003
? M.E y P -
En el proceso de Conversión de Deuda Pública Provincial el Ministerio de Economía y Producción dispuso, por Resolución 37/03, que las entidades financieras intervinientes mandatarias de tenedores de Títulos Públicos Provinciales Cartulares deben presentar una declaración jurada, ante el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial, informando sobre la tenencia de los mismos.