DERECHO DE EXPORTACIÓN
NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
RESOLUCIÓN Nº 10/2007
-Ministerio de Economía y Producción-
Se fija un derecho de exportación adicional del 4% para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR que se enumeran en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. El derecho de exportación adicional establecido se sumará a los que se encuentren vigentes al momento de la publicación de la presente medida.
Las posiciones arancelarias comprendidas son las relativas a granos de soja, subproductos y derivados.