Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior | Resolución N° 182/2022
Síntesis:
Se otorga una Prórroga Automática Excepcional de ciento ochenta días corridos, a las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior con vencimiento del período de embarque declarado, más la prórroga automática, durante los meses de Diciembre de 2022, Enero de 2023 y Febrero de 2023, para la mercadería comprendida en la partida arancelaria Nº 1005.90.10 (Maíz en Grano), contados a partir del fin de embarque más prórroga automática.