11/09/2002

Concursos y Quiebras: Ley Nº 25.640 - PRORROGA POR EL PLAZO DE 90 DÍAS CORRIDOS ÉL TERMINO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY 25.589 (180 DÍAS CORRIDOS) PARA LA SUBASTA DE INMUEBLES Y EJECUCIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES

Se prorroga por el plazo de 90 días corridos el término previsto en el artículo 12 de la ley 25.589 (180 días corridos) para los siguientes casos: a) Los actos de subasta de inmuebles en los que se encuentre la vivienda del deudor o sobre bienes afectados por él a la producción, comercio o prestación de servicios, decretadas en juicios ejecutivos, ejecuciones de sentencias o en ejecuciones extrajudiciales. b) La ejecución de medidas cautelares que importen el desapoderamiento de bienes afectados a la actividad de establecimientos comerciales, fabriles o afines, que los necesiten para su funcionamiento.

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