11/09/2007

COMPENSACIONES REQUISITOS PARA RECIBIR LOS BENEFICIOS RESOLUCIÓN Nº 145/2007 -Ministerio de Economía y Producción-

Por la presente Resolución se dispone que será requisito para recibir los beneficios establecidos tanto por la presente medida como por la Resolución Nº 9/2007, mantener los precios de salida de fábrica en orden a aquellos acordados con la Secretaria de Comercio Interior del Ministerio de Economía y Producción, quien deberá elaborar el informe que acredite haberse verificado en el mercado el cumplimiento con las pautas de precios acordadas. Dicho informe será requisito indispensable a efectos de obtener la compensación.

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