COMPENSACIONES
REQUISITOS PARA RECIBIR LOS BENEFICIOS
RESOLUCIÓN Nº 145/2007
-Ministerio de Economía y Producción-
Por la presente Resolución se dispone que será requisito para recibir los beneficios establecidos tanto por la presente medida como por la Resolución Nº 9/2007, mantener los precios de salida de fábrica en orden a aquellos acordados con la Secretaria de Comercio Interior del Ministerio de Economía y Producción, quien deberá elaborar el informe que acredite haberse verificado en el mercado el cumplimiento con las pautas de precios acordadas. Dicho informe será requisito indispensable a efectos de obtener la compensación.