COMERCIO DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
COMPENSACIONES
RESOLUCIÓN Nº 328/2007
-Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario-
Se incorpora al mecanismo de compensaciones establecido en la Resolución Nº 9/2007 y su complementaria Nº 40/2007, ambas del Ministerio de Economía y Producción, a los establecimientos industriales que se dediquen a la molienda seca de maíz para la producción de harina de maíz, sémola y grits destinada exclusivamente al consumo interno.