COMERCIO DE GRANOS
COMPENSACIONES
RESOLUCIÓN Nº 1.887/2007
-Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario-
Se incorporan al mecanismo de compensaciones establecido en la Resolución Nº 378/2007, las operaciones que realicen los molinos harineros a través de acopiadores y cooperativas.
Esta modalidad rige por el término de 90 días corridos a partir del día de la fecha.