18/06/2002

ACLARANDO LA INAPLICABILIDAD DE LA MODALIDAD DE PAGO ESTABLECIDA EN EL Artículo 42 del Decreto 1.387/01. Posibilidad de pago de Impuestos Nacionales con títulos de la deuda pública nacional a partir del 1º de enero de 2002.

Decreto 1028/02 Cancelación de deudas vencidas en concepto de impuestos nacionales mediante la entrega de títulos de la deuda pública nacional. Aclarase el Artículo 42 del Decreto Nº 1387/2001 y sus modificaciones.

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  • 275-Am-BO-dec1028-deudapublica-18-06-02.pdf Descargar