25/08/2006

REGISTRO NACIONAL DE ARMAS REQUISITOS PARA ACCEDER A LA CONDICIÓN DE LEGÍTIMO USUARIO DE ARMAS DE FUEGO DISPOSICIÓN Nº 197/2006 -Registro Nacional de Armas-

Mediante el Artículo Nº 55 del Anexo I al Decreto Nº 395/75 reglamentario de la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429 se establece las condiciones generales a cumplimentar por quien pretenda acceder a la condición de legítimo usuario de armas de fuego. Ahora mediante la presente Disposición se procede a incluir modificaciones a la legislación mencionada tendientes a optimizar el sistema de registración y el debido contralor de los usuarios del mismo.

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  • 493-Bl-BO-Disp197-06-RegNacArmas-25-08-06.pdf Descargar