Síntesis: Se implementa en todo el territorio de la Provincia de Córdoba el "Programa Alcoholemia Cero", no pudiendo circular por las vías objeto de esta Ley y de su reglamentación, el conductor de vehículos con tasa de alcoholemia superior a cero gramos por un mil centímetros cúbicos de sangre. Además se prohíbe circular al conductor de vehículos que haya ingerido estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.
La presente Ley entrará en vigencia el día 10 de Marzo de 2014. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Ley Provincial de Tránsito Nº 8.560 y sus modificatorias.
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Programa Alcoholemia Cero - Ley Nº 10.801
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