MEDIO AMBIENTE
EVACUACIÓN DE LÍQUIDOS RESIDUALES
DICTAN NORMAS A MUNICIPIOS Y COMUNAS DE LA PROVINCIA
RESOLUCIÓN Nº 233/2007
-Dirección Provincial de Agua y Saneamiento-
Por la presente Resolución la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento de la Provincia de Córdoba comunica a los Municipios y Comunas, que todo emprendimiento, que pretenda instalarse en su jurisdicción y que por su naturaleza pueda producir efluente residual (cloacal o industrial), y cuyo vertido se efectúe a cursos de aguas superficiales o subterráneas, lagunas, lagos, embalses, y a toda aquella que pertenezca al dominio público provincial, deberá presentar ante el Municipio o Comuna, como requisito indispensable, previo a su habilitación, la autorización correspondiente, para la evacuación de los líquidos residuales, emanada de la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento.