INGRESOS BRUTOS
RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES
DECRETO Nº 1.464/2005
Se establece un régimen de regularización de obligaciones no prescriptas, vencidas y adeudadas al 31/12/2004. Las mismas podrán cancelarse al contado o mediante un plan de facilidades de pago, según lo dispuesto por el decreto 1.352/2005.
Se excluyen del régimen las deudas en gestión judicial con sentencia firme, y las deudas de los agentes de retención, percepción y/o recaudación. Extendiéndose el plazo de acogimiento hasta el día 30/6/2006.