INGRESOS BRUTOS
OPERACIONES DE IMPORTACIÓN
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 8/2006
-Comisión Arbitral Convenio Multilateral del 18.8.77-
La Comisión Arbitral resuelve que la alícuota de percepción a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en el Régimen de Percepción en Operaciones de Importación (SIRPEI) del uno coma cinco por ciento (1,5%) será aplicable para las operaciones realizadas a partir del 1º de Septiembre de 2006.