Impuesto sobre los Ingresos Brutos | Resolución General N° 2.224/2026
Síntesis:
La Dirección General de Rentas dispone que se considerará en forma excepcional, presentadas y pagadas en término las declaraciones juradas y los pagos, correspondientes al anticipo 01/2026 de los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el Régimen General, cuyo vencimiento operan los días 18 y 19 de Febrero del 2026, siempre que se hayan efectuado hasta el día Viernes 20 de Febrero de 2026.