Impuesto sobre los Ingresos Brutos | Resolución General N° 2.191/2022
Síntesis:
Se considerarán presentadas en término, en forma excepcional, las declaraciones juradas informativas anuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos previstas en los Artículos N° 313, N° 325, N° 338 y N° 361 de la Resolución Normativa N° 1/2021 y sus modificatorias, correspondiente a la anualidad 2021, cuya presentación se efectivice hasta el día 29 de Abril de 2022, inclusive.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Resolución Normativa N° 1/2021 y sus modificatorias.
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