Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Decreto N° 849/2018
Síntesis: Se dispone que la Dirección General de Rentas dará de alta de oficio a aquellos sujetos que encontrándose inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes no lo estén en el Fisco Provincial respecto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y en la medida que las actividades en las que se encuentren inscriptos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos resulten alcanzadas por dicho impuesto. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Ley N° 10.508, Código Tributario Provincial.
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