Impuesto de Sellos Córdoba - Año 2020 - Para las Operaciones del Comercio de Granos
Síntesis: A partir del 1° de Enero del 2020 se grava con el Impuesto de Sellos a las Operaciones de Compra-ventas y Consignación de Granos en la Provincia de Córdoba, instrumentados en los formularios de Liquidaciones Primarias de Granos, denominados LPG (1- Compraventa de cereales y 2- Consignación de granos- R.G Nº 3419 - AFIP), Liquidación Secundaria de compra-venta de granos y Facturas electrónicas por ventas de granos o todo instrumento que exprese la comercialización de cereales u oleaginosas.
Los mencionados instrumentos se pueden registrar en nuestra Institución, Sociedad de Acopiadores de Granos de la Provincia de Córdoba, con el beneficio de la reducción de la alícuota en un 50%
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