14/02/2006

Extención del Plazo Para Presentar declaración Jurada Resolución Normativa 17/2.005

Se extiende hasta el 31/03 del año siguiente al que corresponda, el plazo de presentación de la declaración jurada anual por parte de productores de seguros a quienes se les haya retenido la totalidad del Impuesto. En otro orden, se extiende hasta el 31/03/06 el plazo de validez de los certificados de no retención del período fiscal 2.005, y se ajusta el límite de ingresos brutos a partir del cual los responsables pueden solicitar por el año 2006, los certificados de no retención.

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  • 466-Ro-BO-ResGral17-06-ResNormatival-14-02-06.pdf Descargar