Síntesis: Se incorpora el uso del domicilio fiscal electrónico para notificar las medidas cautelares efectivamente trabadas en los términos del Artículo Nº 150 del Código Tributario Provincial, vistas de las liquidaciones y todas las demás providencias, resoluciones o vistas, efectivizadas en el marco de la Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Código Tributario Provincial.