Comercialización de Combustibles - Resolución Normativa N° 3/2017
Síntesis: Se dispone que los sujetos designados como agentes de información por medio de la Resolución N° 7/2017 deberán actuar como tales, cuando la sumatoria de bases imponibles, declaradas y/o determinadas por la Dirección General de Rentas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el año inmediato anterior al/los periodo/s que le corresponde suministrar la información, atribuibles a la totalidad de actividades desarrolladas -incluidas las que corresponderían a las exentas y/o no gravadas-, cualquiera sea la jurisdicción que se lleven a cabo las mismas, supere la suma de $ 7.000.000. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Resolución N° 7/2017.
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Comercialización de Combustibles - Resolución Normativa N° 3/2017
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