20/12/2021

Convenio Multilateral - Resolución General Nº 14/2021

Síntesis:
Se dispone que a partir del día 3 de Enero de 2022, como medio principal para las comunicaciones en la tramitación de expedientes ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral, el Sistema de Notificaciones por Medios Electrónicos aprobado por la Resolución Nº N° 8/2018. Los municipios, contribuyentes y asociaciones reconocidas deberán, en la primera presentación ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral, constituir domicilio electrónico, denunciando la CUIT respectiva, debiendo estar habilitada al tiempo de dicha constitución, y tener dado de alta el servicio “Convenio Multilateral-SIFERE WEB Consultas”.
 
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
 
Normas Relacionadas:
Convenio Multilateral. Resolución 8/2018.
 

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