Síntesis: Apruébese la aplicación web, denominada “Billetera CIDI”, que podrá ser utilizada opcionalmente por los contribuyentes y/o responsables. Dicha aplicación se encontrará disponible en la plataforma electrónica habilitada al efecto por la Dirección General de Rentas, a la que se accederá con clave siendo aplicable las disposiciones legales sobre la materia. No estará disponible para aquellos sujetos que se encuentren en procesos de quiebra o concurso. Efectos Sobre el Acopio:De Interés General. Normas Relacionadas:Resolución Normativa N° 1/2021 y sus modificatorias.