04/09/2017

Sociedades por Acciones Simplificadas - Resolución General N° 4.115-E/2017

Síntesis: A los fines dispuestos por el segundo párrafo del Artículo 58 de la Ley N° 27.349, se invita al Ministerio de Producción y a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas a conformar junto con la Administración Federal de Ingreso Públicos, una comisión para determinar el contenido de los estados contables que deberán confeccionar las Sociedades por Acciones Simplificadas. Hasta tanto se emita la respectiva norma de alcance general las sociedades mencionadas deberán confeccionar sus estados contables de conformidad con las normas contables profesionales vigentes y presentarán los mismos de acuerdo con el procedimiento establecido por el inciso c) del Artículo 4° de la Resolución General N° 3.077, su modificatoria y sus complementarias. 
Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. 
Normas Relacionadas: Ley N° 27.349, Resolución General N°  3.077, sus modificatorias y complementarias.
 

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