06/02/2003

RESOLUCIÓN AFIP 1.436/03: FACTURACIÓN Y REGISTRACION ? AMPLÍAN VALIDEZ DE LOS COMPROBANTES Y FACTURAS

La AFIP por Resolución General 1.436 decidió incrementar el plazo de vigencia del Código de Autorización de Impresión (CAI) de facturas y otros documentos equivalentes. A tal fin se modifica el art. 25 y 26 de la RG 100. En consecuencia los comprobantes impresos tendrán una validez de 2 años y los recibos A y B, las facturas de exportación, las notas de débito y de crédito por operaciones con el exterior y las facturas - permiso exportación simplificado tendrán una validez de 3 años, todos contados a partir de la fecha de autorización. A los autoimpresores también se les otorgará un plazo de 2 años. Esta modificación rige para los códigos de autorización de impresión que se otorguen a partir del 3/3/03.

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  • 308-Az-BO-rg1436-facturaYregistracion-06-02-03.pdf Descargar