07/01/2003

Res. Gral N° 1.409 / 2.003 ?AFIP - EL DOMICILIO FISCAL CONDICIONARA LA AUTORIZACIÓN PARA IMPRIMIR FACTURAS

Con fecha 3/10/02, el sitio adelantó la siguiente noticia: "En breve se conocerá una nueva RG que completará la trilogía de normas sobre domicilio fiscal, complementando las RG 1.348 y 1.349. La nueva norma modificará la RG 100 para establecer que de existir anomalías en el domicilio fiscal declarado, el organismo recaudador no otorgará la autorización necesaria para la impresión de nuevas facturas, hasta tanto el contribuyente y/o responsable no regularice su situación al respecto." Pues bien, ahora, la AFIP mediante RG 1.409 concretó la medida reformando la RG 100 e incorporando como requisito para otorgar la autorización de impresión, que el contribuyente tenga actualizado el domicilio fiscal. Esta resolución entrará en vigencia el 14/1/03.

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  • 304-Az-BO-rg1409-afip-facturayregistra-07-01-03.pdf Descargar