19/11/2002

RES. GRAL. N° 1.375 ?AFIP- - OPERACIONES ENTRE REPRESENTANTES DEL PAÍS CON SUJETOS DEL EXTERIOR. CREAN RÉGIMEN DE INFORMACIÓN

Por medio de la RG 1.375 la AFIP instrumentó un nuevo régimen de información que comprende las operaciones económicas de cualquier naturaleza, aun a titulo gratuito, concertadas entre residentes en el país y quienes actúen en carácter de representantes de sujetos o entes del exterior. Son agentes de información los representantes de los sujetos o entes del exterior que actúen en el país, aún en períodos sin operaciones, y quienes intervengan en las operaciones como prestadores de servicios (escribanos, bancos, mercados de valores, etc.)., quienes deben informar su intervención aun cuando no perciban retribución alguna. La información debe presentarse en forma cuatrimestral normándose a tal fin vencimientos los días 22, 23 y 24 de los meses de mayo, solicitando la clave fiscal de acuerdo a la RG 1.345. Los prestadores de servicio deberán exigir a los representantes la constancia que acredita la relación representante-representado, archivando una copia, y deben informar en caso de no presentarse la misma. El régimen rige desde el 1/1/02 para representantes de sujetos del exterior y desde el 1/1/03 para los prestadores de servicios, motivo por el cual los primeros cuentan con un vencimiento especial que operara desde el 1/3/03 hasta el 31/3/03. para presentar la información.

Descargar documentos

  • 297-Az-BO-rg1375-afip-sistinfor-19-11-02.pdf Descargar