14/01/2003

RES. GRAL. ? AFIP ? N° 1.421 : IVA. RECUPERO POR EXPORTACIONES. INFORME PROFESIONAL OPTATIVO. EXCEPCIÓN

Mediante el dictado de la RG 1.421, la AFIP accede al pedido del sector exportador, disponiendo como medida de excepción que el informe profesional que deben presentar los exportadores acompañando las solicitudes de acreditación, devolución o transferencia del IVA contenido en las compras destinadas a operaciones con el mercado externo, podrá ser optativo para las presentaciones que se efectúen durante el mes de enero 203. Paralelamente, se extiende a 30 días hábiles para que el juez administrativo emita su comunicación en casos en que tal informe no acompañe la solicitud, el que se extenderá a 60 días hábiles para quienes no hayan realizado presentaciones en los últimos 24 meses

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  • 305-Az-BO-rg1421-afip-impuestos-14-01-03.pdf Descargar