Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes - Resolución General N° 4.119-E/2017
Síntesis: Se dispone que los nuevos montos máximos de facturación, de alquileres devengados, del impuesto integrado y de las cotizaciones previsionales fijas, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, que surjan de la actualización anual prevista en el Artículo N° 52 del Anexo de la Ley Nº 24.977 sus modificaciones y complementarias, en la proporción de los dos últimos incrementos del índice de movilidad previsto en el Artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, resultarán de aplicación a partir del 1° de Enero de cada año. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Leyes N° 24.977 y N° 24.241.
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