23/12/2004

RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES EVENTUALES DEDICADOS A LA EXPLOTACIÓN AGROPECUARIA RÉGIMEN DE RETENCIÓN. RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.792/04 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Por la presente Resolución General Nº 1.792/04 se establece un régimen de retención para el ingreso de la cotización fija con destino al Régimen Previsional Público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP), correspondientes a las personas físicas inscriptas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), que tengan la condición frente al citado régimen de pequeños contribuyentes eventuales y desarrollen actividades agropecuarias. Estableciéndose que los pequeños contribuyentes eventuales alcanzados por el régimen de retención que se establece por la presente, no se encuentran obligados a efectuar los pagos cuatrimestrales previstos por la Resolución General Nº 1.699 y sus complementarias, en su Artículo Nº 43. Consecuentemente, los mencionados sujetos sólo deberán abonar hasta el día 20 de enero, inclusive, inmediato siguiente al de la finalización de cada año calendario el saldo adeudado en concepto de cotizaciones fijas, con destino al Régimen Previsional Público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP), que no fueron canceladas mediante las retenciones sufridas durante el año calendario de que se trate.

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  • 406-Az-BO-ResGral1792-RegSimpPeqCont-23-12-04.pdf Descargar