20/05/2002

Régimen optativo de presentación de las D.D.J.J y pagos electrónicos a la A.F.I.P. por medio de Internet. ? Res. Gral.- A.F.I.P - N° 1.283 -

Mediante la Res. Gral ? AFIP ? N° 1.283 se establece que los contribuyentes en la condición de personas física, Sucesiones Indivisas y empresas unipersonales del régimen general (excepto Grandes Contribuyentes Nacionales y Grandes Contribuyentes) pueden optar de presentar las declaraciones juradas de los distintos tributos ( impuestos y / o Recursos de la Seguridad Social) recaudados por la AFIP y sus correspondientes pagos mediante el régimen de Home Banking a través vía Internet. O sea, desde la P.C del contribuyente podrán girarse informáticamente hacia el organismo recaudador.

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  • 271-Az-BO-RG1283-Afip-ObligaImpoyRecSociales-20-05-02.pdf Descargar