16/04/2003

PROCEDIMIENTOS FISCALES REGLAMENTAN APELACIONES DE LA AFIP CONTRA SENTENCIAS DESFAVORABLES DEL TRIBUNAL FISCAL. Decreto N° 871 / 2.003

15/4/2003 - PROCEDIMIENTOS FISCALES. REGLAMENTAN APELACIONES DE LA AFIP CONTRA SENTENCIAS DESFAVORABLES DEL TRIBUNAL FISCAL. La Ley 25.720 modificó el art. 193 de la Ley 11.683, regulando que tanto la DGI como la DGA deben apelar las sentencia desfavorables del Tribunal Fiscal de la Nación y elevar un informe fundado a la Subsecretaría de Ingresos Públicos o el organismo que lo reemplace, el que podrá desistir del apelamiento citado. Ahora, a fin de agilizar el proceso y brindar una pronta respuesta a los intereses del fisco, el PEN dictó el Dto. 871/03 reglamentando el trámite de apelación y exceptuó, por razones de economía procesal, en determinados supuestos la intervención de la Subsecretaría en aquellos casos donde el tribunal de alzada no pueda modificar la sentencia dictada. A tal fin se incorpora dentro del Dto. 1397, reglamentario de la ley procedimental, un artículo sin número a continuación del art. 88 , exceptuando entre otras las causas donde exista un pronunciamiento análogo a otro sobre el cual existe opinión de la Subsecretaria, si se tratase de recursos de amparo, si la imposición de costas fuese contraria al fisco, etc.

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  • 318-Az-BO-res871-Procefiscales-16-04-03.pdf Descargar