Procedimiento Tributario - Resolución General Nº 4.786/2020
Síntesis:
La Administración Federal de Ingresos Públicos fija entre los días 3 y 16 de Agosto de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinario, no computándose los plazos procedimentales en materia impositiva, de los recursos de la seguridad social y aduanera, durante el mencionado lapso temporal. Quedan exceptuados de la previsión legal señalada, los procedimientos de fiscalización con relación a la información proporcionada por la O.C.D.E.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Resolución General Nº 1.983.
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