17/09/2024

Procedimiento Tributario | Resolución General N° 5.568/2024

Síntesis:
Se establece que el ingreso de los aranceles y conceptos no tributarios, que se deben abonar por trámites ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, se deberán efectuar mediante transferencia electrónica de fondos de acuerdo con el procedimiento establecido en la Resolución General Nº 1.778, sus modificatorias y complementarias.
 
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
 
Normas Relacionadas:
Resolución General N° 3.032.

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