Pólizas de Seguros Contratadas en el Exterior - Resolución 40090/2016
Síntesis: Se dispone que los bienes y/o créditos originados en pólizas de seguros contratadas en el exterior, en la medida en que se cancelen y/o rescaten con anterioridad a la declaración voluntaria y excepcional de dicho crédito, podrán ser objeto de la declaración voluntaria y excepcional de bienes prevista en la Ley N° 27.260.
Efectos Sobre el Acopio: De interés general.
Normas Relacionadas: Ley N° 27.260. Resolución General N° 3.919 y sus modificatorias.
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