24/11/2008

OBLIGACIÓNES IMPOSITIVAS REGÍMENES DE FACILIDADES DE PAGO RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.522/2008 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Se establece que las cuotas correspondientes a los regímenes de facilidades de pago vigentes, previstos por las Resoluciones Generales Nº 1.966, Nº 1.967, Nº 2.278 y Nº 2.360, que se abonan mediante débito directo, cuyo vencimiento operó el día 16/09/2008, serán consideradas canceladas en término, aun cuando el débito se haya producido hasta el día 17/09/2008, inclusive. En caso de que a la última fecha indicada no existiera en la cuenta bancaria disponibilidad de fondos suficiente para la cancelación de la respectiva cuota, resultará de aplicación el procedimiento de débito directo previsto para dicho supuesto por cada una de las Resoluciones citadas.

Descargar documentos

  • 611-Az-BO-ResGral2522-VencimientosSept2008-24-11-08.pdf Descargar