OBLIGACIONES IMPOSITIVAS, ADUANERAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
CÓMPUTO DE PLAZOS
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.078/2006
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
Por medio de la Resolución General Nº 1.983 se estableció que durante determinados períodos del año (coincidentes con las ferias que fija el Poder Judicial de la Nación), no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo. Por la presente Resolución General se adecua la citada norma a efectos de disponer en su ámbito, un período uniforme de suspensión de plazos procedimentales que resulte acorde a las pautas seguidas originariamente.