12/12/2005

OBLIGACIONES FISCALES SÍNDICOS DE CONCURSOS Y QUIEBRAS RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.975/2005 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Se establece que los síndicos designados en los concursos preventivos o quiebras y los liquidadores de entidades financieras regidas por la Ley Nº 21.526, o de otros entes cuyos regímenes legales prevean similar procedimiento, deberán requerir, dentro de los 15 días corridos de haber aceptado el cargo, las constancias de las deudas que mantiene el fallido, concursado o entidad liquidada, por los tributos y gravámenes cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la AFIP. También se regulan aspectos relacionados con la publicación de edictos.

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  • 457-Az-BO-ResGral1975-ObligFisc-12-12-05.pdf Descargar