21/10/2005

OBLIGACIONES FISCALES REGÍMENES DE FACILIDADES DE PAGO RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.955/2005 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Se dispone por la presente Resolución General que las cuotas y/o mensualidades correspondientes a los regímenes de facilidades de pago vigentes que se abonan mediante la operatoria de débito directo, cuyos vencimientos operaron el día 22 de Septiembre de 2005, serán consideradas canceladas en término, siempre que se hayan efectivizado hasta el día 27 de Septiembre de 2005, inclusive. De haberse ingresado importes en concepto de intereses, que en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior resulten improcedentes, podrán ser imputados a la cancelación de otras obligaciones del responsable, y a tales fines se utilizará el formulario de declaración jurada Nº 399, conforme a lo previsto en la Resolución General Nº 1.128.

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  • 449-Az-BO-ResGral1955-ObligFiscales-21-10-05.pdf Descargar