OBLIGACIONES FISCALES
RÉGIMEN OPTATIVO DE CANCELACIÓN ANTICIPADA
DE OBLIGACIONES FISCALES DIFERIDAS
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.002/2006
-Administración Federal de Ingresos Públicos
Por la presente Resolución General se extiende hasta el día 31/03/2006, el plazo para que se expida el juez administrativo interviniente a los efectos de la aceptación o rechazo del acogimiento al régimen optativo de cancelación anticipada de obligaciones fiscales diferidas previsto por la Ley Nº 25.725. También se extiende hasta el día 7/04/2006 el plazo para el ingreso de las citadas obligaciones fiscales, las que podrán ser canceladas al contado o mediante un plan de facilidades de pago.